Directiva sobre productos del tabaco
La Directiva de Productos del Tabaco (TPD por sus siglas en inglés) se aplica si el fabricante del cigarrillo electrónico no hace declaraciones médicas y se cumplen los siguientes criterios:
- Tamaño máximo del cartucho/depósito 2 ml
- Volumen máximo del envase de recarga 10 ml
- Concentración máxima 20 mg/ml de nicotina
En este caso, los Estados miembros europeos deben aplicar las medidas establecidas en la TPD a partir del 20 de mayo de 2016. La autoridad competente designada por el Estado miembro será responsable de la regulación y la supervisión. No se requiere la participación de un organismo notificado para los cigarrillos electrónicos regulados por la TPD. Para obtener más información, visite el sitio web de la MHRA: Cigarrillos electrónicos: reglamentos para productos de consumo.