Ayudas para la implantación de sistemas de gestión en la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid ha aprobado la concesión de ayudas a pymes para la implantación de sistemas de gestión con el fin de apoyar iniciativas que permitan a las empresas modernizar, innovar y mejorar sus procesos y estructuras.

Los sistemas de gestión, como los sistemas de gestión de calidad, de gestión ambiental, de seguridad y salud en el trabajo, etc., son herramientas que pueden ofrecer múltiples beneficios a las empresas ya que les ayudan a incrementar su competitividad, a ahorrar costes, aumentar el desempeño y la seguridad y salud de sus trabajadores, lo cual, es especialmente importante en estos tiempos que corren.

¿Quién puede beneficiarse de estas ayudas?

 Podrán acogerse a estas ayudas las Pymes que dispongan de al menos un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.

¿Cuáles son las actuaciones y gastos subvencionables?

Serán subvencionables los gastos relacionados con la implantación de los sistemas de gestión siguientes:

Sistemas de gestión ISO 9001, ISO 14001, EMAS, ISO 22000 e ISO/IEC 27001

Tendrán acceso a subvenciones para estos sistemas aquellas empresas que desarrollen alguna de las siguientes actividades:

  • Industrias extractivas
  • Industrias manufactureras
  • Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado
  • Mantenimiento y reparación de vehículos a motor y mantenimiento y reparación de motocicletas y de sus repuestos y accesorios
  • Almacenamiento y actividades anexas al transporte excepto manipulación de mercancías
  • Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería, ensayos y análisis técnicos, investigación y desarrollo.

Sistema de gestión ISO 45001

Podrán beneficiarse de este sistema de gestión aquellas pymes que lleven a cabo trabajos en minas, canteras y túneles que exijan la aplicación de técnica minera y la utilización de explosivos.

Sistemas de gestión ISO 50001, EN 9100, EN 9110, EN 9120, ISO/TS 22163, EN 15085-2, UNE 22480

Además de los sistemas de gestión, también será subvencionable la contratación de asesoramiento externo, la auditoría previa a la implantación, la implantación (incluyendo formación, equipos de medida, etc.) y la certificación de la norma por una entidad externa acreditada.

Quedan excluidos de la subvención el IVA satisfecho por la adquisición de bienes o servicios facturados, los gastos financieros de la actuación objeto de subvención, los gastos de mantenimiento o los que no estén claramente definidos.

Las actuaciones subvencionables deben ser realizadas entre la fecha de presentación de la solicitud y hasta 12 meses a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación de resolución de concesión, con el límite de 31 de octubre de 2023.

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

La cuantía de la ayuda será del 30% de la inversión subvencionable, pudiendo incrementarse en un 10% para empresas sin ánimo de lucro, centros especiales de empleo o de entes y fundaciones del sector público y para empresas cuyo establecimiento productivo se encuentre en municipios de menos de 2.500 habitantes según el INE.

El límite máximo de la ayuda será de 10.000 € por sistema de gestión y 10.000 € por beneficiario y año natural, sin que pueda superarse el límite de 200.000 € para el mismo beneficiario durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.

¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud?

Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el BOCM hasta el 30 de abril de 2023.

¿Cuál es el procedimiento?

El beneficiario deberá solicitar al menos 3 ofertas de diferentes proveedores y, para la concesión de las ayudas, se tendrá en cuenta el orden cronológico de entrada de las solicitudes, cuya presentación deberá realizarse de forma telemática a través del Registro electrónico de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, al que se puede acceder a través de la web de la Comunidad de Madrid (www.comunidad.madrid).

¿Por dónde empiezo?

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