Experiencia inigualable en IVD por parte de un organismo notificado de la UE y un organismo autorizado del Reino Unido

Como fabricante de un dispositivo médico de diagnóstico in vitro (IVD), debe asegurarse de que cumple los requisitos reglamentarios pertinentes antes de comercializar su producto; en el caso de la UE, estos se describen en el Reglamento de Diagnóstico In Vitro (IVDR) (UE) 2017/746 y, en el caso del Reino Unido, en el Reglamento de Productos Sanitarios del Reino Unido (MDR) de 2002.

Como Organismo Notificado de la UE y Organismo Aprobado del Reino Unido, nuestros especialistas técnicos tienen años de experiencia y pueden ayudarle en el proceso de introducción de su producto sanitario en el mercado.