Directiva sobre ascensores 2014/33/EU

BSI es un Organismo Notificado para la Directiva sobre ascensores 2014/33 /EU y mediante nuestros ensayos y certificación puede estar seguro de que sus sistemas de elevación o sus componentes ofrecerán lo mejor en lo que se refiere a seguridad y fiabilidad.

La Directiva son los requisitos legales redactados por el Parlamento Europeo en Bruselas.  Cada Estado miembro debe adoptar la Directiva en sus propios estatutos nacionales. El fabricante, el representante autorizado, el importador, el distribuidor o los operadores económicos del componente de seguridad, o el instalador del ascensor, deberán mostrar la conformidad de la Directiva con el marcado CE en el producto

 


¿Para quién es la Directiva?

La directiva sobre ascensores 2014/33/EU abarca tanto los ascensores como los componentes de seguridad para ascensores, y cubre la fabricación e instalación de los ascensores. Por lo tanto, la Directiva se aplica al fabricante, al representante autorizado, al importador, al distribuidor o a los operadores económicos, así como al instalador que pone el ascensor o componente de seguridad en el mercado de la UE.


¿Qué productos están cubiertos por la Directiva 2014/33/EU?

El presente real decreto se aplicará a los ascensores que se pongan en servicio de forma permanente en edificios y construcciones y están destinados al transporte:

a) de personas,
b) de personas y objetos,
c) solo de objetos si el habitáculo es accesible, es decir, si una persona puede entrar en él sin dificultad, y si está provisto de mandos o elementos de accionamiento situados dentro del habitáculo o al alcance de una persona situada dentro del mismo.

El presente real decreto se aplicará también a los componentes de seguridad para ascensores que se indican en el anexo III de la directiva utilizados en los ascensores.

Listado de componentes de seguridad para ascensores:

1. Dispositivos de bloqueo de las puertas de los rellanos.

2. Dispositivos para prevenir la caída, mencionados en el punto 3.2 del anexo I, que impiden la caída de la cabina o sus movimientos incontrolados.

3. Dispositivos de limitación de la sobrevelocidad.

4. Amortiguadores:

a) Amortiguadores de acumulación de energía: Bien de característica no lineal o bien con amortiguación del retroceso.

b) Amortiguadores de disipación de energía.

5. Componentes de seguridad conectados a cilindros de los circuitos hidráulicos de potencia, cuando se utilizan como dispositivos para prevenir la caída.

6. Dispositivos eléctricos de seguridad en forma de circuitos de seguridad que contengan componentes electrónicos.

Un ascensor es un aparato de elevación que sirva niveles específicos, con un habitáculo que se desplace siguiendo guías rígidas e inclinadas a un ángulo superior a quince grados sobre la horizontal o dispositivo de elevación que se desplace siguiendo un recorrido fijo, aunque no utilice para ello guías rígidas.


Beneficios de cumplir con la Directiva de ascensores 2014/33/UE

Al cumplir los requisitos de la Directiva, podrá colocar sus productos legalmente en el mercado europeo. Ésta es una de las maneras en que BSI puede ayudarle a acceder a los mercados globales, a cumplir con la legislación vigente y hacer crecer su negocio a nivel internacional.



Nuestro compromiso con el servicio y la experiencia

Nuestro servicio de testing es algo más que hacer un informe. Hemos sido expertos en analisis a productos durante más de 40 años, y con nosotros puede confiar en la integridad de los servicios de certificación y pruebas que ofrecemos. Además, ofrecemos soluciones de prueba y certificación innovadoras y eficientes, ahorrándoles tiempo y dinero.

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